Una perla más del collar: Aratirí formaliza demanda contra Uruguay

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La noticia sobre la formalización de la demanda de la empresa transnacional de origen indio Aratirí, conocida el pasado 8 de Agosto, coloca una “perla” más al collar de demandas de Uruguay. Los uruguayos y uruguayas tenemos muy presente en la memoria el inicio de estos esquemas de demandas: en 2010 Philip Morris demandó a Uruguay por su política antitabaco. Es decir, demandó el Derecho a la Salud del pueblo uruguayo y la competencia del Estado de regular para garantizar este derecho. En 2016 se conoce el fallo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). Así comenzamos a armar nuestro propio collar de demandas y a hacernos conocidos en el CIADI.

Ante el anuncio de la formalización de una millonaria demanda por parte de la trasnacional Aratirí contra el estado Uruguayo, REDES-Amigos de la Tierra Uruguay reitera la necesidad de una evaluación urgente de los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) vigentes de Uruguay. El país se debe un debate profundo de los principales instrumentos que activan estas demandas internacionales que llevan a juicio políticas públicas y derechos humanos.

Las acusaciones que realiza Aratirí (grupo inversor Zamin Ferrous) contra el Estado uruguayo en su comunicado de prensa fechado el 19 de julio de 2017, no son ni originales ni novedosas. La empresa señala que el accionar del Estado uruguayo fue arbitrario y no transparente, obrando en contra de sus legítimas expectativas como inversionistas. En varios pasajes de su comunicado subraya la decepción ante la conducta del gobierno y el incumplimiento de sus “promesas” a pesar de considerar que poseían un “derecho exclusivo” para que le concedieran el proyecto y de haber empleado casi 200 personas y proyectar el empleo de otros miles.

La empresa Aratirí demanda al país por la introducción de la Ley N° 19.126, denominada “Ley de Minería de Gran Porte”. Estamos frente a una paradoja: el gobierno implementa una ley con el objetivo de dar la bienvenida a este tipo de proyectos, pero para la empresa no son suficientes los beneficios que introduce la ley, ni el privilegiado espacio político que se le otorga para el diseño de su proyecto.

Como hemos visto en diversos casos de demandas de empresas del sector minero energético a diversos países de América Latina y el Caribe, este tipo de empresas no solo presionan a los Estados para reducir el nivel de tributación sino que tensionan la normativa pública para apropiarse del territorio y desconocer consideraciones y reglamentaciones medioambientales. En este caso, el episodio en torno al llamado “Puerto de Aguas Profundas” es una muestra clara en ese sentido. Parece que ninguna renuncia fiscal, territorial o de soberanía del pueblo uruguayo es suficiente para satisfacer la voracidad lucrativa de la empresa.

Todas las empresas transnacionales que activan un arbitraje internacional utilizan un modus operandi más o menos similar, con acusaciones que siempre denotan arbitrariedad manifiesta, violación al Trato Justo y Equitativo, denegación de justicia, protección y seguridad plena, entre otros elementos. Estas acusaciones, así como las demandas en sí mismas son posibles por la treintena de Tratados Bilaterales de Inversiones que Uruguay ha negociado y ratificado.

Estos contratos ofrecen una serie de derechos a los inversionistas extranjeros a costa de restringir la potestad regulatoria y legislativa de los Estados que los firman. Y esto se constata cuando se conocen los disparadores de las demandas: legislar a favor del derecho a la salud de la población en el caso de la demanda de Philip Morris, la revocación de una licencia en el caso de Italba Corporation, la ejecución de una garantía por incumplimiento o la expectativa no satisfecha de una inversión como en el caso de la demanda de Petrobras y Montevideo Gas. Todas refieren a procedimientos y acciones legales del Estado que está amparado en su jurisdicción a proceder de esa manera.

¿Sometidos por propia decisión?

Detrás de las demandas y arbitrajes, detrás de las empresas transnacionales que las llevan adelante, existen instrumentos concretos a los que se somete el país por propia decisión. Es aquí donde Uruguay se debe un debate profundo. Este debate necesariamente debe involucrar una evaluación de estos instrumentos en perspectiva con lo que lo que las recetas económicas dominantes le adjudican como beneficios. ¿Qué tipo de inversiones ha recibido el país a partir de estos instrumentos? ¿Hasta qué punto estas inversiones que llegaron por estos instrumentos han contribuido a transformar nuestra matriz productiva en una más sustentable desde el punto de vista socioambiental? ¿Cómo evaluar la relación costo-beneficio de estos tratados en términos de pérdida de recaudación del Estado por beneficios fiscales y económicos versus empleo decente generado y desarrollo social de las localidades donde se instalaron los emprendimientos?

Aratirí es una de cuatro empresas transnacionales que han llevado a juicio al país por su legislación. Las buenas noticias del laudo favorable (aunque con costos financieros y de dilación de las políticas de control del tabaquismo para nada despreciables) al Estado Uruguayo en el caso de Philip Morris pueden no llegar en este caso pero, suponiendo que sí llegarían, ¿es sensato continuar firmando este tipo de instrumentos que exponen al país al conocido modus operandi de las trasnacionales? ¿Cuántas demandan serán necesarias para comprender que no podemos seguir exponiendo la potestad del Estado para velar por el bien común en manos de foros ad hoc internacionales?

Doble protección

Uruguay cuenta con una legislación nacional en materia de protección y promoción de inversiones que otorga un nivel de amparo y tratamiento muy beneficioso a las inversiones extranjeras. Con la firma de este tipo de acuerdos internacionales, y de contratos Estado – Empresa, los inversionistas extranjeros reciben un doble nivel de protección, que coloca a sus derechos privados en un estadio superior frente a derechos fundamentales como el derecho a vivir en un ambiente sano, a la salud, a la alimentación adecuada, al acceso a la información, a la condición de consumidor, a la protección frente a contenidos discriminatorios y publicidad engañosa.

Esta tensión se termina dirimiendo a favor de quienes presentan un poder e influencia mayor porque las asimetrías importan mucho en este tipo de negociaciones. Los inversionistas extranjeros – empresas transnacionales – administran y ejecutan un inmenso poder basado en su lucro y en su capacidad de controlar el mercado. Cuando se trata de países pequeños con escaso peso político, económico, comercial y geopolítico a nivel internacional, las asimetrías son todavía más importantes y cruciales. Tanto es así que definen el destino y viabilidad de muchas políticas públicas. Ese es el caso de Uruguay.

Los instrumentos internacionales de comercio e inversiones son quizás el obstáculo estructural más importante de las políticas públicas porque opera recortando y adaptando la soberanía del Estado ante intereses privados de capitales transnacionales.

Este nuevo episodio donde se ve amenazada la soberanía nacional, así como las arcas públicas, y la extensión de la política de derechos debería ser, a nuestro entender, el límite para poner en discusión la estrategia de protección de inversiones en el país. Caso contrario, será una “perla” más a la cual otras seguirán tarde o temprano.

Redes-Amigos de la Tierra Uruguay / 30 años

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